Departamento Administrativo de Tránsito y transportes

Tramites y Servicios

SEDE ESPINAL


Barrio Espinal  Carrera 14 # 31 a 15
Cartagena – Colombia

Los siguientes documentos, se deben presentar ante la inspección.

  • Documentos del vehículo en original.
  • Comparendo entregado por el agente de transito al momento de la in movilización.
  • Documentos de identidad del dueño del vehículo o infractor.
Los siguientes documentos, se deben presentar para realizar el tramite.
  • Documentos del vehículo en original.
  • Comparendo entregado por el agente de transito al momento de la in movilización.
  • Documentos de identidad del dueño del vehículo o infractor.
  • Encontrarse a paz y salvo de multas.

En la sede espinal se encuentra habilitada una ventanilla de radicación de documentos donde debe presentar sus documentos.

SEDE MANGA

Manga 4ta Av. # 17 – 189

Cartagena – Colombia

1) La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.

2)  Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

3) Examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), incorporado en la página del RUNT.

(A excepción de expedición por cambio de documento y duplicado).

4) Certificado de aptitud en conducción (curso de conducción), incorporado en el RUNT, expedido por el centro de Enseñanza Automovilística (CEA), autorizado por el Ministerio de Transporte.

Valor a Cancelar $ 116.535

1) La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.

2)  Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

3) Examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), incorporado en la página del RUNT. (A excepción de expedición por cambio de documento y duplicado).

4) La licencia de conducción anterior debe estar registrada en el RUNT

Valor a Cancelar $ 85.851

1) La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.

2)  Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

3) Examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), incorporado en la página del RUNT. (A excepción de expedición por cambio de documento y duplicado).

4) Certificado de aptitud en conducción (curso de conducción), incorporado en el RUNT, expedido por el Centro de Enseñanza Automovilística (CEA), autorizado por el Ministerio de Transporte, si la recategorizacion es hacia arriba.

5) La licencia de conducción anterior debe estar registrada en el RUNT.

Valor a Cancelar $ 85.851

  • El trámite es PERSONAL y Si tiene costo $15.900
  • Certificado médico donde indique que no tiene huellas.
  • Documento de identificación original y copia.
1) Formulario solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis) anexándole las improntas exigidas en el reverso del documento.

2) Factura, para las facturas no expedidas en Cartagena es necesario anexar certificación de la factura y manifiesto original.

3) SOAT vigente incorporado en RUNT

4) Resolución de cancelación de matricula

5) Carta de vinculación (empresa)

6) Certificación de la carrocería (Bus/Buseta)

7) Tarjeta de inscripción de la carrocería (Bus/Buseta)

9) Ficha técnica de homologación chasis y carrocería (bus / buseta)

8) Solicitud de concepto previo (servicio Público urbano)

10) Cesión de derechos autenticada (Bus / buseta)

11) Copia cédula propietarios

12) Cámara de comercio si el propietario es persona jurídica (vigencia no mayor a  30 días)

13) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito

14) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Copia cédula propietarios

15) Certificación de cumplimiento de requisitos en copia auténtica remitida directamente por el Ministerio de Transporte.

16) Certificado de capacidad transportadora de la empresa a la cual vincula el nuevo vehículo, expedido por la Dirección Territorial del Ministerio de Transporte respectiva. (Transporte Público terrestre especial)

Nota: para Vehículos público de carga con PBV superior a 10.500 Kg se debe acreditar a través del sistema RUNT los requisitos específicos previstos en la resolución 7036 de 2012 por cada causal.

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite suscrito por el vendedor (es) y por el comprador (es) (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y
Ministerio de Transporte totalmente gratis). CON IMPRONTAS.

2) Contrato de Compraventa o documento en el que conste la transferencia del derecho del  dominio del vehículo celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles. Autenticado por ambas partes. (Debe decir contrato de compra  y venta no promesa)

3) Pago de retención en la fuente 1% avaluó comercial establecido por el ministerio de Transporte.

4) Estampilla de paz y salvo (servicio particular – motos cilindraje superior a 125CC Gobernación)

5) Copia del Pago Pago impuesto único vehicular hasta vigencia actual (servicio particular Gobernación y motos cilindraje superior 125 CC)

6) Contrato de cesión de vinculación firmado por vendedor y comprador (servicio público de pasajeros y mixto) previa Aceptación de la empresa

7) SOAT Vigente incorporado al RUNT

8) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días

9) Licencia de Transito o la declaración por escrito de la pérdida del documento

10) Revisión Técnico Mecánica Vigente.

11) Estar Inscrito Vendedor y Comprador ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito

12) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Copia cédula propietarios

13) Certificación de Paz y Salvo de la gobernación

14) Pago de derecho de Tránsito DATT

Nota: Si el traspaso en por:

Remate anexar Acta de adjudicación.

Cuando se trate de traspaso de vehículos objeto de extinción de dominio anexar acto ADMINISTRATIVO que ordena la enajenación de bienes expedido por la DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

Para traspaso de un vehículo blindado se deberá acreditar la autorización expedida por la superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada al nuevo propietario.

Vehículos con Vidrios polarizados, entintados u oscurecidos debe acreditar el permiso otorgado por la policía Nacional.

Por sucesión se debe adjuntar la sentencia con constancia de ejecutoria o de la escritura pública son sello de protocolización para dicho trámite.

Traspaso por una compañía de seguro por pérdida parcial o destrucción parcial se debe adjuntar peritaje de la compañía aseguradora que determina la pérdida parcial o destrucción parcial.



Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.


Valor a Cancelar $ 158.450

1) Diligenciar el formulario de solicitud de trámite (entra en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página  Web del RUNT y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Improntas.

2) SOAT vigente incorporado en RUNT.

3) Revisión Técnico Mecánica Vigente.

4) Propietario debe estar a Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

5) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 90 días o Cámara de comercio (propietario es persona jurídica) – vigencia no mayor a 30 días.

6) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

7) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito

8) SERVICIO PÚBLICO gestionar adicionalmente TARJETA DE OPERACIÓN y entregar  la anterior.

9) Certificado SIJIN o DIJIN en la que detallen número de motor y serial e indique en observaciones que el motor no corresponde al de un vehículo hurtado.

10) Licencia de tránsito o declaración por escrito de la pérdida del documento.

11) Pago de derecho de Tránsito DATT

Nota:

Adicional Cambio de Motor Nuevo

– Factura de compra original  del nuevo motor

– Copia de la declaración del motor nuevo o sustituto

– Declaración de importación del motor sustituto identificado plenamente

– En caso de que el motor a instalar carezca del número de identificación, este se caracterizará mediante un código alfanumérico que consta de los ocho (8) alfanuméricos del número del chasis, tomado de derecha a izquierda a continuación del guión las letras CM, grabado bajorrelieve, con una profundidad mínima de dos décimas de milímetro (0.2 mm) en el bloque del motor.

Adicional Cambio de Motor Usado

-Contrato de compraventa donde deberá estar plenamente identificado el motor. Autenticado

– Certificación emitida por la Dijín o Sijin en la que se constate su procedencia.

– En caso de que el motor a instalar carezca del número de identificación, este se caracterizará mediante un código alfanumérico que consta de los ocho (8) alfanuméricos del número del chasis, tomado de derecha a izquierda a continuación del guión las letras CM, grabado bajorrelieve, con una profundidad mínima de dos décimas de milímetro (0.2 mm) en el bloque del motor.

Valor a Cancelar $ 264.174

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página  Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Sin improntas.

2) Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

3) Declaración (Denuncia) por escrito de la pérdida de la licencia de tránsito.

4) En caso de deterioro deberá hacer entrega de la original de la licencia de transito al recibir  la nueva licencia.

5) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días

6) SOAT vigente incorporado en RUNT.

7) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

8) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

9) Pago de derecho de Tránsito DATT.

Valor a Cancelar $ 187.192

1) Diligenciar el formulario de solicitud de trámite (entra en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis).  Sin  improntas.

2) SOAT vigente incorporado en RUNT.

3) El propietario debe estar a Paz y salvo por concepto de multas e infracciones a las normas de tránsito.

4) Declaración por escrito de la pérdida de la(s) placa (s). Cuando la causal de duplicado de placas sea por deterioro, para la entrega de las nuevas, el solicitante tendrá que entregar las deterioradas.

5) Revisión técnico mecánica vigente.

6) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 90 días o cámara de comercio no mayor a 30 días.

7) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

8) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

9) Pago de derecho de Tránsito DATT.

NOTA: Le informamos que la movilización del vehículo por las vías Nacionales es entre las 06:00 y las 18:00 horas.

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a Cancelar Vehículos $ 213.995

 

Valor a Cancelar Motos $ 195.625

1) La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.

2)  Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

3) En caso de pérdida, de presentar el denuncio por escrito antes las autoridades competentes. En caso de deterioro, debe entregar la Licencia de Conducción y reclamar el duplicado en el punto de atención donde realizó su trámite.

4) La licencia de conducción anterior debe estar registrada en el RUNT.

Valor a Cancelar $ 187.192

1) diligenciar el formulario de solicitud de trámite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado  de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis).  Con sus improntas

2) Documento Original en el que conste la inscripción o levantamiento de la limitación o gravamen.

3) Copia simple de la escritura pública,  documento privado o certificado de existencia y representación legal en el que conste la adquisición, constitución o cesión de la calidad de acreedor prendario cuando no sea el mismo que está inscrito.  Cámara de comercio (persona jurídica que despignora-pignora) – vigencia no mayor a 30 días.

4) SOAT vigente incorporado en RUNT.

5) Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

6) Original de la Licencia de tránsito.

7) Revisión técnico mecánica vigente.

8) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

9) Pago de derechos de transito DATT.

10) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a Cancelar $177.121

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis) anexándole las improntas exigidas en el reverso del documento.

2) Factura original de venta, para las facturas no expedidas en Cartagena es necesario anexar certificación de la factura.

3) Ficha técnica de homologación chasis y carrocería (bus / buseta)

4) Certificado individual de aduana y/o declaración de importación según sea el caso.

5) SOAT vigente incorporado en RUNT.

6) El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.

7) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Copia cedula propietarios

8) Cámara de comercio si el propietario es persona jurídica (vigencia no mayor a  30 días)

9) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

10) Pago impuesto único vehicular Gobernación de bolívar (Servicio particular, motos cilindraje superior 125 CC) No semirremolque.

Valor a Cancelar Vehículos $ 108.699

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis) anexándole las improntas exigidas en el reverso del documento.

2) Factura original de venta, para las facturas no expedidas en Cartagena es necesario anexar certificación de la factura.

3) Certificado individual de aduana y/o declaración de importación según sea el caso.

4) SOAT vigente incorporado en RUNT.

5) El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.

6) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Copia cedula propietarios

7) Cámara de comercio si el propietario es persona jurídica (vigencia no mayor a  30 días)

8) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

9) Pago impuesto único vehicular Gobernación de bolívar (Servicio particular, motos cilindraje superior 125 CC).

Valor a Cancelar Motos $ 95.802

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis)  autenticado con improntas cuando la clase de cancelación lo amerite.

2) Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

3) Entrega de la licencia de tránsito (tarjeta de registro) o declaración por escrito de la pérdida del documento.

4) Licencia de Transito o la declaración por escrito de la pérdida del documento

5) Pago de derecho de Tránsito DATT.

6) Copia del Pago Impuesto único vehicular Gobernación (Servicio Particular y motos cilindraje superior a 125CC)

7) Estampilla de paz y salvo (Servicio Particular y motos cilindraje superior a 125CC)

8) Certificación de paz y salvo (Gobernación Ser. Particular y motos cilindraje superior a125CC)

9) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito

10) Cámara de comercio si el propietario es persona jurídica (vigencia no mayor a 30 días)

11) Original tarjeta de operación o denuncia por perdida (Servicio Público)

SI LA CANCELACION ES POR ALGUNA DE ESTAS CAUSAS DEBEN ANEXAR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

PARA LA CANCELACIÓN POR DESTRUCCIÓN TOTAL: a causa de la desaparición en las aguas de un rio, en el fondo de un abismo, por desastre de origen natural, por causa de actos terroristas. Por motín, sedición o asonada debe aportar.

1-Certificación expedida por el jefe Seccional de la Policía Judicial e investigación de la Policía Nacional

2- Concepto Técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total emitido por perito de la Cía. aseguradora si el vehículo estaba asegurado. En caso contrario por el perito del DATT o por la autoridad judicial según corresponda

3-Para los casos de destrucción total o pérdida definitiva se debe anexar original o copia autentica o del documento que determine que el chasis no puede ser recuperado o cuando por disposición

Legal se determine su destrucción.

 PARA LA CANCELACIÓN POR HURTO-PERDIDA DEFINITIVA.

1- Documento expedido por la autoridad judicial competente donde certifique que se desconoce el paradero final del vehículo automotor o denuncia del hurto del vehículo.

2- Certificación de la autoridad competente de la no recuperación del vehículo.

PARA LA CANCELACIÓN POR DESTRUCION TOTAL A CAUSA DE UN ACCIDENTE DE TTO: Copia autenticada del informe del accidente de tránsito emitido por la autoridad que lo atendió y los siguientes requisitos.

1- Certificación de la ocurrencia del hecho emitida por el comandante de la policía de carreteras o en su defecto la certificación expedida por la autoridad de transito de la jurisdicción según corresponda.

2- Certificación técnica de la SIJIN o DIJIN en la de detallen las características de identificación del vehículo que sean posible de no serlo se exprese su condición.

3- Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total emitido por el perito de la Cia aseguradora si el vehículo estaba asegurado. En caso contrario por el perito nombrado por la autoridad de tránsito o por la autoridad judicial según corresponda.

SI LA SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE MATRÍCULA ESTÁ ORIGINADA EN LA DECISIÓN VOLUNTARIA DEL PROPIETARIO DE DESINTEGRAR SU VEHÍCULO.

– El propietario del vehículo debe presentar ante el organismo de tránsito la certificación expedida por la empresa desintegradora debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte para que el organismo de tránsito proceda a validar a través del sistema los datos ingresados por la empresa desintegradora del vehículo.

– Certificación de la revisión técnica de la Sijin.

Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

Valor a Cancelar $ 409.964 moto (Particular)

Valor a Cancelar $ 409.964 vehículo (Particular)

Valor a Cancelar $ 1.518.629 (Público)

Valor a Cancelar $ 2.227.550 (Público Masivo)

1) solicitud de expedición de tarjeta de operación expedida por la empresa donde se encuentra vinculado.

2 Certificado de vinculación de la empresa de transporte.

3) Copia de tarjeta de propiedad, Soat (vigente).

5) Certificado del seguro contractual, extracontractual y seguro de accidentes personales (taxis) o copia del carnet (vigente).

6) Pago de derechos de tránsito.

7) Vinculación DATT.

8) Copia de la resolución de reposición.

Nota: Tanto el Soat,tecnicomecanica , seguro contractual y extracontractual deben estar incorporados en el sistema RUNT (Vigentes).

Tarjeta operación servicio colectivo por dos años………. $117.113

Tarjeta de operación servicio individual x 1 año………..$79.637

Vinculacion……….$164.270

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página  Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis) con improntas.

2) SOAT Vigente incorporado en RUNT

3) Copia del Pago impuesto único vehicular (servicio particular, motos cilindraje superior 125 CC) Gobernación de bolívar.

4) Estampilla de paz y salvo (servicio particular, motos cilindraje superior 125 CC) Gobernación de bolívar.

5) Derecho a envió cancelado en las oficinas  de TEMPOEXPRESS UBICADA EN LA AVENIDA BUENOS AIRES DG 21A N° 49-79 DIAGONAL AL COLEGIO FERNANDEZ BAENA.

6) Certificación de paz y salvo por todo concepto de la Gobernación. (Servicio particular, motos cilindraje superior 125 CC).

7) Revisión técnico mecánica vigente.

8) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días.

9) Fotocopia Legible de la Licencia de Transito.

10) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Transito), registro se efectúa en el Organismo  de Transito.

11) Autorización de la autoridad de transporte del municipio receptor de la matricula (servicio público).

12) Certificación de Disponibilidad de capacidad Transportadora del municipio Receptor (servicio público).

13) Copia de la tarjeta de Operación (servicio público).

14) Certificado de desvinculación del DATT. (Servicio público).

15) Carta de aceptación de la empresa transportadora vinculante (servicio Público).

16) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

17) Pago de derecho de Tránsito DATT.

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.


Valor a cancelar Fotocopia de Folios Traslado de Cuenta $37.476

Tarifa para Traslado Vehículo $2.100

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Suscrito por el propietario (s) anexándole las improntas exigidas en el reverso del documento.

2) Certificado de la Sijin.

3) Licencia de Tránsito (Tarjeta de propiedad) original o denuncia por perdida.

4) Copia de la cédula.

5) SOAT vigente incorporado en RUNT.

6) Revisión Técnico Mecánica Vigente.

7) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

8) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

Si transcurridos 60 días contados a partir de la certificación de cumplimiento de requisitos del traslado de cuenta, no se radica la matrícula del vehículo en el Organismo de transito receptor, hará la devolución al organismo de tránsito de origen.

9) Pago de derecho de Tránsito DATT.


Valor a Cancelar Particular $ 93.283

Valor a Cancelar Moto $ 55.402

Valor a Cancelar $132.633 (Público colectivo individual)

Valor a Cancelar Público 50 a 100 $132.633

Valor a Cancelar Público de 101 a 150 puesto $ 132.633

Valor a Cancelar Público más de 150 puesto $ 132.633

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Con improntas.

2) Certificación de la revisión previa (Certificación original de revisión realizada por la SIJIN O DIJIN en la que se adjunte el número de la impronta a regrabar y donde se justifique la necesidad de regrabar) y posterior a la regrabación realizada por la SIJIN. En cualquiera de las dos certificaciones enunciadas anteriormente se deberán adherir las improntas de la regrabación.

3) Propietario estar a Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

4) Revisión técnico mecánica vigente.

5) Original de la licencia de tránsito o en su defecto declaración por escrito de la pérdida del documento

6) Vehículos de servicio Público gestionar adicionalmente la modificación de la tarjeta de operación

7) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal o cámara de comercio no mayor a 30 días.

8) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito

9) SOAT vigente incorporado en RUNT.

10) Para el caso de extravío de la plaqueta. Debe presentar la declaración por escrito de la perdida de la plaqueta donde figuraba grabado el número del motor.

11) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

12) Pago de derecho de Tránsito DATT.

Nota: Para regrabación de motor por decisión judicial Además de los requisitos generales adicione los siguientes:

-Decisión judicial que ordena o autoriza la regrabación (Aplica también cuando el número se encuentre grabado en plaqueta).

-Certificaciones de la revisión previa y posterior a la regrabación realizada por la Sijín.

Valor a Cancelar $ 232.944

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Con improntas.

2) Certificación de la revisión previa (Certificación original de revisión realizada por la SIJIN O DIJIN en la que se adjunte el número de la impronta a regrabar y donde se justifique la necesidad de regrabar) y posterior a la regrabación realizada por la SIJIN. En cualquiera de las dos certificaciones enunciadas anteriormente se deberán adherir las improntas de la regrabación.

3) Propietario estar a Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

4) Revisión técnico mecánica vigente.

5) Original de la licencia de tránsito o en su defecto declaración por escrito de la pérdida del documento

6) Vehículos de servicio Público gestionar adicionalmente la modificación de la tarjeta de operación.

7) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal o cámara de comercio no mayor a 30 días.

8) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

9) SOAT vigente incorporado en RUNT.

10) Para el caso de extravío de la plaqueta. Debe presentar la declaración por escrito de la perdida de la plaqueta donde figuraba grabado el número del motor.

11) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.


12) Fotografía de las partes a regrabar antes y después

13) Pago de derecho de Tránsito DATT.

Nota: Para regrabación de chasis /serial por decisión judicial Además de los requisitos generales adicione los siguientes documentos:

-Decisión judicial que ordena o autoriza la regrabación (Aplica también cuando el número se encuentre grabado en plaqueta).

-Certificaciones de la revisión previa y posterior a la regrabación realizada por la Sijín.

Valor a Cancelar $ 232.944

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Suscrito por el propietario (s) con improntas adheridas.

2) Registro fotográfico (anterior-posterior)

3) SOAT vigente incorporado en RUNT.

4) Propietario debe estar a Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

5) Licencia de Transito o la declaración por escrito de la pérdida del documento

6) Revisión Técnico Mecánica Vigente

7) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

8) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días

9) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.,

10) Pago de derecho de Tránsito DATT

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a Cancelar $ 266.048

1) Informar la placa del vehículo, el cual debe estar matriculado en el Tránsito de Cartagena.

2) El solicitante debe estar inscrito en el RUNT.

Valor a Cancelar $ 72.680

1) Formulario solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis).

2) Pago de retención en la fuente 1% avaluó comercial establecido por el ministerio de Transporte.

3) Estampilla de paz y salvo (servicio particular-motos Cilindraje superior a 125 Gobernación)

4) Pago impuesto único vehicular (servicio particular Gobernación y motos cilindraje superior 125 CC)

6) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días.

7) Documento suscrito por el propietario, en el que manifieste que declara bajo la gravedad del juramento, la fecha de la venta, las razones por las cuales perdió la posesión del vehículo y que desconoce su paradero.

8) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

9) Pago de derecho de Tránsito DATT

10) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.


Valor a Cancelar $ 123.106

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite suscrito por el vendedor (es) y por el comprador (es) (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis). CON IMPRONTAS.

2) Contrato de Compraventa o documento en el que conste la transferencia del derecho del dominio del vehículo celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles. Autenticado por ambas partes.

3) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días.

4) Tarjeta de Registro o la declaración por escrito de la pérdida del documento.

4) Estar Inscrito Vendedor y Comprador ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

5) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

6) Pago de derecho de Tránsito DATT. Nota: Si el traspaso en por:

    1. Remate anexar Acta de adjudicación.a
    2. Cuando se trate de traspaso de vehículos objeto de extinción de dominio anexar acto ADMINISTRATIVO que ordena la enajenación de bienes expedido por la DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
    3. Para traspaso de un vehículo blindado se deberá acreditar la autorización expedida por la superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada al nuevo propietario.
    4. Vehículos con Vidrios polarizados, entintados u oscurecidos debe acreditar el permiso otorgado por la policía Nacional.
    5. Por sucesión se debe adjuntar la sentencia con constancia de ejecutoria o de la escritura pública son sello de protocolización para dicho trámite.
    6. Traspaso por una compañía de seguro por pérdida parcial o destrucción parcial se debe adjuntar peritaje de la compañía aseguradora que determina la pérdida parcial o destrucción parcial.
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Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a Cancelar $ 123.106

SEDE RONDA REAL

Av. Pedro de Heredia.
C.C Ronda Real. Lc. 133,134

Cartagena – Colombia

1) La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.

2)  Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

3) Examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), incorporado en la página del RUNT. (A excepción de expedición por cambio de documento y duplicado).

4) Certificado de aptitud en conducción (curso de conducción), incorporado en el RUNT, expedido por el centro de Enseñanza Automovilística (CEA), autorizado por el Ministerio de Transporte.

Valor a Cancelar $ 116.535

1) La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.

2)  Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

3) Examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), incorporado en la página del RUNT. (A excepción de expedición por cambio de documento y duplicado).

4) La licencia de conducción anterior debe estar registrada en el RUNT

Valor a Cancelar $ 85.851

1) La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.

2)  Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

3) Examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), incorporado en la página del RUNT. (A excepción de expedición por cambio de documento y duplicado).

4) Certificado de aptitud en conducción (curso de conducción), incorporado en el RUNT, expedido por el Centro de Enseñanza Automovilística (CEA), autorizado por el Ministerio de Transporte, si la recategorizacion es hacia arriba.

5) La licencia de conducción anterior debe estar registrada en el RUNT.

Valor a Cancelar $ 85.851

  • El trámite es PERSONAL y Si tiene costo $15.900
  • Certificado médico donde indique que no tiene huellas.
  • Documento de identificación original y copia.

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite suscrito por el vendedor (es) y por el comprador (es) (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y
Ministerio de Transporte totalmente gratis). CON IMPRONTAS.

2) Contrato de Compraventa o documento en el que conste la transferencia del derecho del  dominio del vehículo celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles. Autenticado por ambas partes. (Debe decir contrato de compra  y venta no promesa)

3) Pago de retención en la fuente 1% avaluó comercial establecido por el ministerio de Transporte.

4) Estampilla de paz y salvo (servicio particular – motos cilindraje superior a 125CC Gobernación)

5) Copia del Pago Pago impuesto único vehicular hasta vigencia actual (servicio particular Gobernación y motos cilindraje superior 125 CC)

6) Contrato de cesión de vinculación firmado por vendedor y comprador (servicio público de pasajeros y mixto) previa Aceptación de la empresa

7) SOAT Vigente incorporado al RUNT

8) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días

9) Licencia de Transito o la declaración por escrito de la pérdida del documento

10) Revisión Técnico Mecánica Vigente.

11) Estar Inscrito Vendedor y Comprador ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito

12) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Copia cédula propietarios

13) Certificación de Paz y Salvo de la gobernación

14) Pago de derecho de Tránsito DATT

Nota: Si el traspaso en por:

Remate anexar Acta de adjudicación.

Cuando se trate de traspaso de vehículos objeto de extinción de dominio anexar acto ADMINISTRATIVO que ordena la enajenación de bienes expedido por la DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

Para traspaso de un vehículo blindado se deberá acreditar la autorización expedida por la superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada al nuevo propietario.

Vehículos con Vidrios polarizados, entintados u oscurecidos debe acreditar el permiso otorgado por la policía Nacional.

Por sucesión se debe adjuntar la sentencia con constancia de ejecutoria o de la escritura pública son sello de protocolización para dicho trámite.

Traspaso por una compañía de seguro por pérdida parcial o destrucción parcial se debe adjuntar peritaje de la compañía aseguradora que determina la pérdida parcial o destrucción parcial.

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a Cancelar $ 158.450

1) Diligenciar el formulario de solicitud de trámite (entra en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página  Web del RUNT y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Improntas.

2) SOAT vigente incorporado en RUNT.

3) Revisión Técnico Mecánica Vigente.

4) Propietario debe estar a Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

5) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 90 días o Cámara de comercio (propietario es persona jurídica) – vigencia no mayor a 30 días.

6) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

7) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito

8) SERVICIO PÚBLICO gestionar adicionalmente TARJETA DE OPERACIÓN y entregar  la anterior.

9) Certificado SIJIN o DIJIN en la que detallen número de motor y serial e indique en observaciones que el motor no corresponde al de un vehículo hurtado.

10) Licencia de tránsito o declaración por escrito de la pérdida del documento.

11) Pago de derecho de Tránsito DATT

Nota:

Adicional Cambio de Motor Nuevo

– Factura de compra original  del nuevo motor

– Copia de la declaración del motor nuevo o sustituto

– Declaración de importación del motor sustituto identificado plenamente

– En caso de que el motor a instalar carezca del número de identificación, este se caracterizará mediante un código alfanumérico que consta de los ocho (8) alfanuméricos del número del chasis, tomado de derecha a izquierda a continuación del guión las letras CM, grabado bajorrelieve, con una profundidad mínima de dos décimas de milímetro (0.2 mm) en el bloque del motor.

Adicional Cambio de Motor Usado

-Contrato de compraventa donde deberá estar plenamente identificado el motor. Autenticado

– Certificación emitida por la Dijín o Sijin en la que se constate su procedencia.

– En caso de que el motor a instalar carezca del número de identificación, este se caracterizará mediante un código alfanumérico que consta de los ocho (8) alfanuméricos del número del chasis, tomado de derecha a izquierda a continuación del guión las letras CM, grabado bajorrelieve, con una profundidad mínima de dos décimas de milímetro (0.2 mm) en el bloque del motor.

Valor a Cancelar $ 264.174

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página  Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Sin improntas.

2) Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

3) Declaración (Denuncia) por escrito de la pérdida de la licencia de tránsito.

4) En caso de deterioro deberá hacer entrega de la original de la licencia de transito al recibir  la nueva licencia.

5) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días

6) SOAT vigente incorporado en RUNT.

7) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

8) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

9) Pago de derecho de Tránsito DATT.

Valor a Cancelar $ 187.182

1) Diligenciar el formulario de solicitud de trámite (entra en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis).  Sin  improntas.

2) SOAT vigente incorporado en RUNT.

3) El propietario debe estar a Paz y salvo por concepto de multas e infracciones a las normas de tránsito.

4) Declaración por escrito de la pérdida de la(s) placa (s). Cuando la causal de duplicado de placas sea por deterioro, para la entrega de las nuevas, el solicitante tendrá que entregar las deterioradas.

5) Revisión técnico mecánica vigente.

6) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 90 días o cámara de comercio no mayor a 30 días.

7) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

8) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

9) Pago de derecho de Tránsito DATT.

NOTA: Le informamos que la movilización del vehículo por las vías Nacionales es entre las 06:00 y las 18:00 horas.

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a Cancelar Vehículos $ 213.995

Valor a Cancelar Motos $ 195.625

1) La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.

2)  Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

3) En caso de pérdida, de presentar el denuncio por escrito antes las autoridades competentes. En caso de deterioro, debe entregar la Licencia de Conducción y reclamar el duplicado en el punto de atención donde realizó su trámite.

4) La licencia de conducción anterior debe estar registrada en el RUNT.

Valor a Cancelar $  187.192 

1) diligenciar el formulario de solicitud de trámite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado  de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis).  Con sus improntas

2) Documento Original en el que conste la inscripción o levantamiento de la limitación o gravamen.

3) Copia simple de la escritura pública,  documento privado o certificado de existencia y representación legal en el que conste la adquisición, constitución o cesión de la calidad de acreedor prendario cuando no sea el mismo que está inscrito.  Cámara de comercio (persona jurídica que despignora-pignora) – vigencia no mayor a 30 días.

4) SOAT vigente incorporado en RUNT.

5) Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

6) Original de la Licencia de tránsito.

7) Revisión técnico mecánica vigente.

8) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

9) Pago de derechos de transito DATT.

10) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.



Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a Cancelar $177.121

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página  Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis) con improntas.

2) SOAT Vigente incorporado en RUNT

4) Copia del Pago impuesto único vehicular (servicio particular, motos cilindraje superior 125 CC) Gobernación de bolívar.

5) Estampilla de paz y salvo (servicio particular, motos cilindraje superior 125 CC) Gobernación de bolívar.

6) Derecho a envió cancelado en las oficinas  de TEMPOEXPRESS UBICADA EN LA AVENIDA BUENOS AIRES DG 21A N° 49-79 DIAGONAL AL COLEGIO FERNANDEZ BAENA.

7) Certificación de paz y salvo por todo concepto de la Gobernación. (Servicio particular, motos cilindraje superior 125 CC).

8) Revisión técnico mecánica vigente.

9) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días.

10) Fotocopia Legible de la Licencia de Transito.

11) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Transito), registro se efectúa en el Organismo  de Transito.

12) Autorización de la autoridad de transporte del municipio receptor de la matricula (servicio público).

13) Certificación de Disponibilidad de capacidad Transportadora del municipio Receptor (servicio público).

14) Copia de la tarjeta de Operación (servicio público).

15) Certificado de desvinculación del DATT. (Servicio público).

16) Carta de aceptación de la empresa transportadora vinculante (servicio Público).

17) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

18) Pago de derecho de Tránsito DATT.

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a cancelar Fotocopia de Folios Traslado de Cuenta $37.476

Tarifa para Traslado Vehículo $2.100

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Con improntas.

2) Certificación de la revisión previa (Certificación original de revisión realizada por la SIJIN O DIJIN en la que se adjunte el número de la impronta a regrabar y donde se justifique la necesidad de regrabar) y posterior a la regrabación realizada por la SIJIN. En cualquiera de las dos certificaciones enunciadas anteriormente se deberán adherir las improntas de la regrabación.

3) Propietario estar a Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

4) Revisión técnico mecánica vigente.

5) Original de la licencia de tránsito o en su defecto declaración por escrito de la pérdida del documento

6) Vehículos de servicio Público gestionar adicionalmente la modificación de la tarjeta de operación

7) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal o cámara de comercio no mayor a 30 días.

8) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito

9) SOAT vigente incorporado en RUNT.

10) Para el caso de extravío de la plaqueta. Debe presentar la declaración por escrito de la perdida de la plaqueta donde figuraba grabado el número del motor.

11) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.


12) Pago de derecho de Tránsito DATT.

Nota: Para regrabación de motor por decisión judicial Además de los requisitos generales adicione los siguientes:

-Decisión judicial que ordena o autoriza la regrabación (Aplica también cuando el número se encuentre grabado en plaqueta).

-Certificaciones de la revisión previa y posterior a la regrabación realizada por la Sijín.

Valor a Cancelar $ 232.944

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Con improntas.

2) Certificación de la revisión previa (Certificación original de revisión realizada por la SIJIN O DIJIN en la que se adjunte el número de la impronta a regrabar y donde se justifique la necesidad de regrabar) y posterior a la regrabación realizada por la SIJIN. En cualquiera de las dos certificaciones enunciadas anteriormente se deberán adherir las improntas de la regrabación.

3) Propietario estar a Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

4) Revisión técnico mecánica vigente.

5) Original de la licencia de tránsito o en su defecto declaración por escrito de la pérdida del documento

6) Vehículos de servicio Público gestionar adicionalmente la modificación de la tarjeta de operación.

7) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal o cámara de comercio no mayor a 30 días.

8) Estar Inscrito ante RUNT (registro Único Nacional de Tránsito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

9) SOAT vigente incorporado en RUNT.

10) Para el caso de extravío de la plaqueta. Debe presentar la declaración por escrito de la perdida de la plaqueta donde figuraba grabado el número del motor.

11) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

12) Fotografía de las partes a regrabar antes y después

13) Pago de derecho de Tránsito DATT.

Nota: Para regrabación de chasis /serial por decisión judicial Además de los requisitos generales adicione los siguientes documentos:

-Decisión judicial que ordena o autoriza la regrabación (Aplica también cuando el número se encuentre grabado en plaqueta).

-Certificaciones de la revisión previa y posterior a la regrabación realizada por la Sijín.

Valor a Cancelar $ 232.944

1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT y Ministerio de Transporte totalmente gratis). Suscrito por el propietario (s) con improntas adheridas.

2) Registro fotográfico (anterior-posterior)

3) SOAT vigente incorporado en RUNT.

4) Propietario debe estar a Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

5) Licencia de Transito o la declaración por escrito de la pérdida del documento

6) Revisión Técnico Mecánica Vigente

7) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

8) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días

9) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.,

10) Pago de derecho de Tránsito DATT

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

Valor a Cancelar $ 266.048

1) Informar la placa del vehículo, el cual debe estar matriculado en el Tránsito de Cartagena.

2) El solicitante debe estar inscrito en el RUNT.

Valor a Cancelar $ 72.680

1) Formulario solicitud de tramite (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis).

2) Pago de retención en la fuente 1% avaluó comercial establecido por el ministerio de Transporte.

3) Estampilla de paz y salvo (servicio particular-motos Cilindraje superior a 125 Gobernación)

4) Pago impuesto único vehicular (servicio particular Gobernación y motos cilindraje superior 125 CC)

6) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días.

7) Documento suscrito por el propietario, en el que manifieste que declara bajo la gravedad del juramento, la fecha de la venta, las razones por las cuales perdió la posesión del vehículo y que desconoce su paradero.

8) Estar Inscrito ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

9) Pago de derecho de Tránsito DATT

10) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

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1) Diligenciar el formulario de solicitud de tramite suscrito por el vendedor (es) y por el comprador (es) (entro en vigencia en 01/01/10 y podrá ser descargado de la página Web del RUNT (WWW.RUNT.COM.CO) y Ministerio de Transporte totalmente gratis). CON IMPRONTAS.

2) Contrato de Compraventa o documento en el que conste la transferencia del derecho del dominio del vehículo celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles. Autenticado por ambas partes.

3) Si el propietario es Persona jurídica Certificado de existencia y Rep. Legal no mayor a 30 días.

4) Tarjeta de Registro o la declaración por escrito de la pérdida del documento.

4) Estar Inscrito Vendedor y Comprador ante el RUNT (registro Único Nacional de Transito (WWW.RUNT.COM.CO)), registro se efectúa en el Organismo de Transito.

5) Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar poder general o poder especial AUTENTICADO o con Nota de presentación personal, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

6) Pago de derecho de Tránsito DATT. Nota: Si el traspaso en por:

    1. Remate anexar Acta de adjudicación.
    2. Cuando se trate de traspaso de vehículos objeto de extinción de dominio anexar acto ADMINISTRATIVO que ordena la enajenación de bienes expedido por la DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
    3. Para traspaso de un vehículo blindado se deberá acreditar la autorización expedida por la superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada al nuevo propietario.
    4. Vehículos con Vidrios polarizados, entintados u oscurecidos debe acreditar el permiso otorgado por la policía Nacional.
    5. Por sucesión se debe adjuntar la sentencia con constancia de ejecutoria o de la escritura pública son sello de protocolización para dicho trámite.
    6. Traspaso por una compañía de seguro por pérdida parcial o destrucción parcial se debe adjuntar peritaje de la compañía aseguradora que determina la pérdida parcial o destrucción parcial.

Nota: IMPRONTAS: Para la realización de todos los tramites contenidos en la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012, en los cuales requiera la presentación de improntas, según la tipología del vehículo y en aquellos casos en los cuales sea imposible tomarlas, el requisito de presentación de improntas podrá subsanarse de conformidad con la determinación que para tal efecto señale la DIJIN – SIJIN. Resolución 2501 del 24 de julio de 2015, Artículo 6.

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